Transitorios
PRIMERO. El presente reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
REGLAMENTO de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
Transitorios
PRIMERO. El presente reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.