Reglamento [Reg_LECampo]

Artículo 5o de REGLAMENTO de la Ley de Energía para el Campo

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REGLAMENTO de la Ley de Energía para el Campo (Reg_LECampo)

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Artículo 5o

CAPÍTULO SEGUNDO - DEL PROGRAMA ESPECIAL DE ENERGÍA PARA EL CAMPO

Artículo 5o.- La Secretaría establecerá, al final de cada ciclo productivo agropecuario, los mecanismos necesarios para determinar el impacto productivo de cada uno de los energéticos agropecuarios; considerando el número de productores y unidades de producción beneficiadas o su equivalente; la cantidad de maquinaria, el número de equipos de bombeo y rebombeo de agua para uso agropecuario registrados, los Kilowatt-hora o litros consumidos y el monto del beneficio erogado.

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