ARTÍCULO 119.- La Secretaría, a través de la Dirección y Rectoría y de la Dirección General de Comunicación Social, establecerá las estrategias y mecanismos para la difusión de los requisitos, términos y condiciones de la admisión a las Instituciones Educativas y los Cursos que impartan las Jefaturas.
Reglamento [Reg_LEMEFAGN]
Artículo 119 de REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
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TÍTULO QUINTO - Admisión · CAPÍTULO III - Difusión de la Admisión
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