TÍTULO QUINTO - Admisión · CAPÍTULO III - Difusión de la Admisión
ARTÍCULO 121.- La Secretaría emitirá las directivas correspondientes a la Dirección y Rectoría, a fin de que establezca los lineamientos generales de participación de los organismos militares involucrados en la difusión de la admisión a las Instituciones Educativas.