Lectura de artículo · Reg_LEMEFAGN

Artículo 127

REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Artículo 127

TÍTULO QUINTO - Admisión · CAPÍTULO V - De la Selección de Personal

ARTÍCULO 127.- La Secretaría designará al personal para formular y aplicar los exámenes para la selección del personal aspirante a ingresar al Sistema.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 127

Ampliar

  • Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 127 Llegan al 127
Publicidad