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Artículo 37

REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Artículo 37

TÍTULO CUARTO - DEL RÉGIMEN ESPECIAL · Capítulo Segundo - De las Remuneraciones y Austeridad

Artículo 37. Al final de cada ejercicio fiscal, la Comisión Federal de Electricidad debe entregar al , para su conocimiento, un informe en el que se identifiquen los ahorros obtenidos por la aplicación de lo previsto en los lineamientos de austeridad en el gasto y uso de recursos.

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