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Artículo 35

REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Artículo 35

TÍTULO CUARTO - DEL RÉGIMEN ESPECIAL · Capítulo Segundo - De las Remuneraciones y Austeridad

Artículo 35. Los lineamientos de austeridad en el gasto y uso de recursos a que se refiere el artículo 15, fracción XXXIX de la Ley, deben considerar, además de lo previsto en el artículo 77 de la Ley, las medidas de disciplina y austeridad que debe observar la Comisión Federal de Electricidad en el ejercicio y gasto de su presupuesto, y que coadyuve a que los recursos económicos que disponga, se administren conforme a los principios de eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez, conforme a lo dispuesto por el artículo 134, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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