Reglamento [Reg_LEPECFE]

Artículo 68 de REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

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REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad (Reg_LEPECFE)

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Artículo 68

TÍTULO CUARTO - DEL RÉGIMEN ESPECIAL · Capítulo Quinto - Del Presupuesto

Artículo 68. Los recursos aportados, contenidos y obtenidos en fideicomisos, mandatos o contratos análogos, que se rigen por las disposiciones jurídicas de derecho privado, no deben integrarse al balance financiero, ni al techo de gasto establecidos en el artículo 103 de la Ley.

La constitución, celebración y operación de fideicomisos, de mandatos o contratos análogos en los que se aporten recursos económicos distintos a los considerados en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente, que al efecto autorice el Consejo de Administración, se deben regir por las disposiciones jurídicas aplicables.

La información y documentación con que cuente o solicite Comisión Federal de Electricidad en relación con los fideicomisos, mandatos o contratos análogos a que se refiere este artículo, se deben sujetar a las disposiciones de control y auditoría que determine el Consejo de Administración, sin perjuicio de las demás disposiciones jurídicas que le resulten aplicables.

Fe de erratas al párrafo DOF 29-12-2025

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