Título Cuarto - Del Archivo General de la Nación · Capítulo I - De las atribuciones y patrimonio
Artículo 28. Los integrantes del Consejo Académico Asesor deberán reunir los requisitos siguientes:
I. Tener cuando menos 30 años de edad en el momento de la designación;
II. Contar con trayectoria destacada en disciplinas afines a la archivística, en términos de los lineamientos que al efecto emita el Archivo General de la Nación, y
III. Poseer un grado académico superior al de licenciatura.