Artículo 42

Artículo 42

Título Quinto - De los órganos y mecanismos de coordinación · Capítulo III - Del Comité Técnico Consultivo de Archivos del Ejecutivo Federal

Artículo 42. Los miembros del Comité ejercerán su cargo de forma honorífica, y no recibirán emolumento o contraprestación alguna por el mismo.

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