Reglamento [Reg_LFAEBSP]

Artículo 14 de REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público

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REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público (Reg_LFAEBSP)

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Artículo 14

TÍTULO TERCERO - De la Transferencia de Bienes · Capítulo Único

Artículo 14.- Cuando las entidades transferentes cumplan con los requisitos previstos para la transferencia de bienes y se haya suscrito el acta de entrega-recepción correspondiente, el SAE recibirá los bienes y procederá a su administración, enajenación o destrucción, de conformidad con lo establecido en la Ley, este Reglamento y demás disposiciones aplicables de la materia.

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