Reglamento [Reg_LFCE]

Artículo 64 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Competencia Económica

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Artículo 64

Capítulo V - De los Procedimientos · Sección Cuarta - Disposiciones Finales

ARTÍCULO 64.- La Comisión hará uso de las medidas legales necesarias incluyendo el auxilio de autoridades administrativas federales para lograr la ejecución de las sanciones previstas en los artículos 35 y 37 de la Ley.

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