Artículo 41. Para los efectos de este Reglamento se entiende por subtitulaje, la acción técnica mediante la cual se sobreponen o insertan letreros sincronizados con la imagen cinematográfica, que traducen al español de forma resumida, lo que se dice durante cada escena.
Reglamento [Reg_LFCine]
Artículo 41 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía
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CAPÍTULO V - DE LA EXHIBICIÓN PÚBLICA
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