Reglamento [Reg_LFCine]

Artículo 9 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía (Reg_LFCine)

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Artículo 9

CAPÍTULO II - DE LA PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA

Artículo 9. Por el número de minutos que transcurran para su exhibición de principio a fin, las películas se consideran en las modalidades siguientes:

I. Largometraje: aquella cuya duración exceda de 60 minutos;

II. Mediometraje: aquella cuya duración exceda de 30 minutos, pero que no sea superior a 60 minutos, y

III. Cortometraje: aquella cuya duración no exceda de 30 minutos.

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