Artículo 24.- El autor o el titular de los derechos patrimoniales, para garantizar el derecho de preferencia del editor para la nueva edición, deberá notificar los términos de la oferta recibida, mediante aviso por escrito al editor, quien tendrá un plazo de quince días para manifestar su interés en la realización de la nueva edición. De no hacerlo así, se entenderá renunciado su derecho, quedando libre el autor para contratar la nueva edición con quien más convenga a sus intereses.
Reglamento [Reg_LFDA]
Artículo 24 de REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor
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TÍTULO III - DE LA TRANSMISIÓN DE DERECHOS · CAPÍTULO II - DEL CONTRATO DE EDICIÓN DE OBRA LITERARIA
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