Lectura de artículo · Reg_LFDA

Artículo 62

REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor

Artículo 62

TÍTULO VIII - DE LOS REGISTROS · CAPÍTULO II - DEL REGISTRO PÚBLICO DEL DERECHO DE AUTOR

Artículo 62.- Hecha la inscripción, el interesado contará con un término de treinta días para reclamar la entrega del certificado correspondiente; agotado este término, deberá solicitar su entrega extemporánea.

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