TÍTULO VIII - DE LOS REGISTROS · CAPÍTULO III - DE LAS RESERVAS DE DERECHOS AL USO EXCLUSIVO
Artículo 77.- La fecha y hora en que sea presentada una solicitud de reserva, determinará la prelación entre las solicitudes.
Reglamento [Reg_LFDA]
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Artículo 77.- La fecha y hora en que sea presentada una solicitud de reserva, determinará la prelación entre las solicitudes.
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REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor (Reg_LFDA)
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