TERCERO. La Secretaría Técnica publicará en el Diario Oficial de la Federación el formato a que se refiere el artículo 14 del presente Reglamento, en un plazo no mayor a 60 días hábiles, contados a partir de su entrada en vigor.
Reglamento [Reg_LFFAROSC]
Artículo Transitorio TERCERO de REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
Transitorios
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley reglamentada
Ley Federal De Fomento A Las Actividades Realizadas Por Organizaciones De La Sociedad Civil
[LFFAOSC]
Artículo citado
Artículo 14 de Reg_LFFAROSC
[Reg_LFFAROSC]
Mismo título
Transitorio SEGUNDO de Reg_LFFAROSC
[Reg_LFFAROSC]
Mismo título
Transitorio CUARTO de Reg_LFFAROSC
[Reg_LFFAROSC]
Mismo título
Transitorio PRIMERO de Reg_LFFAROSC
[Reg_LFFAROSC]
Mismo título
Transitorio QUINTO de Reg_LFFAROSC
[Reg_LFFAROSC]
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