Reglamento [Reg_LFJS]

Artículo 68 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos (Reg_LFJS)

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Artículo 68

TÍTULO TERCERO - DE LOS JUEGOS CON APUESTAS · CAPÍTULO III - DE LAS FERIAS, CARRERAS DE CABALLOS EN ESCENARIOS TEMPORALES Y PELEAS DE GALLOS · SECCIÓN II - DE LAS CARRERAS DE CABALLOS EN ESCENARIOS TEMPORALES

ARTÍCULO 68.- El permiso otorgado para realizar apuestas deberá establecer con precisión el número de carreras autorizado.

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