Artículo 51.- Con relación a lo dispuesto en el artículo 86, segundo párrafo de la Ley, las normas oficiales mexicanas podrán ordenar que en los contratos de adhesión se incluya una cláusula por la que se determine el monto, el plazo y la forma del pago.
Reglamento [Reg_LFPC]
Artículo 51 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección al Consumidor
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
CAPÍTULO VII - De los contratos de adhesión y del Registro Público de Contratos de Adhesión
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley reglamentada
Ley Federal De Protección Al Consumidor
[LFPC]
Artículo citado
Artículo 86 de LFPC
[LFPC]
Mismo capítulo
Artículo 50 de Reg_LFPC
[Reg_LFPC]
Mismo capítulo
Artículo 52 de Reg_LFPC
[Reg_LFPC]
Mismo capítulo
Artículo 49 de Reg_LFPC
[Reg_LFPC]
Mismo capítulo
Artículo 53 de Reg_LFPC
[Reg_LFPC]
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección al Consumidor (Reg_LFPC)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.