Reglamento [Reg_LFPC]

Artículo 54 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección al Consumidor

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección al Consumidor (Reg_LFPC)

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Artículo 54

CAPÍTULO VII - De los contratos de adhesión y del Registro Público de Contratos de Adhesión

Artículo 54.- A las disposiciones o cláusulas contenidas en los contratos que debiendo registrarse no hayan sido registrados y que contravengan los intereses o derechos de los consumidores, les será aplicable lo dispuesto por el artículo 87, segundo párrafo de la Ley.

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