Lectura de artículo · Reg_LFSA

Artículo 190

REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Artículo 190

TÍTULO SEXTO - DEL CONTROL DE PRODUCTOS PARA USO O CONSUMO ANIMAL, ESTABLECIMIENTOS, ACTIVIDADES Y SERVICIOS · CAPÍTULO I - DEL CONTROL DE PRODUCTOS PARA USO O CONSUMO ANIMAL

Artículo 190. La Secretaría, a petición de parte, podrá emitir otro tipo de certificaciones en los formatos que los gobiernos extranjeros requieran, para la exportación de productos registrados, autorizados y exentos.

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