Artículo 199. La Secretaría verificará el cumplimiento de las disposiciones de sanidad animal aplicables a los establecimientos que dieron aviso de funcionamiento y en su caso expedirá el dictamen de verificación oficial.
Reglamento [Reg_LFSA]
Artículo 199 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
TÍTULO SEXTO - DEL CONTROL DE PRODUCTOS PARA USO O CONSUMO ANIMAL, ESTABLECIMIENTOS, ACTIVIDADES Y SERVICIOS · CAPÍTULO II - DE LOS ESTABLECIMIENTOS
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