Reglamento [Reg_LFSA]

Artículo 20 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

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Artículo 20

TÍTULO SEGUNDO - DE LAS MEDIDAS ZOOSANITARIAS Y DE LA APLICACIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS PECUARIAS · CAPÍTULO II - DE LAS BUENAS PRÁCTICAS PECUARIAS EN UNIDADES DE PRODUCCIÓN PRIMARIA

Artículo 20. El personal oficial de la Secretaría en las entidades federativas aplicará las medidas de control necesarias que evite la propagación o presente un caso compatible o sospechoso de contaminación.

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