TÍTULO OCTAVO - DE LA INSPECCIÓN, MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SERVICIO OFICIAL DE SEGURIDAD ZOOSANITARIA · CAPÍTULO I - PUNTOS DE VERIFICACIÓN E INSPECCIÓN
Artículo 261. La Secretaría regulará los Puntos de Verificación e Inspección Interna en lo relativo a:
- Ubicación y justificación técnica;
- Perfil técnico del operativo;
- Instalación, identificación, operación y servicios;
- Tipos de inspección y actividades a realizar;
- Temporalidad de funcionamiento, que podrán ser temporales o permanentes;
- Suscripción de acuerdos y convenios, y
- Difusión de la información de los Puntos de Verificación e Inspección Interna autorizados y cancelados.