TÍTULO CUARTO - DE LAS CAMPAÑAS, CUARENTENAS Y MOVILIZACIÓN · CAPÍTULO I - DE LAS CAMPAÑAS ZOOSANITARIAS
Artículo 93. La operación de las campañas zoosanitarias es responsabilidad de los organismos auxiliares autorizados por la Secretaría; éstos elaborarán un programa de trabajo estatal de campañas zoosanitarias en términos del artículo 59 de la Ley y con base en la metodología de planeación estratégica, alineando la visión, estrategias, acciones y objetivos a los de la Secretaría.