Artículo 91. La Secretaría, establecerá disposiciones de sanidad animal para la realización de las acciones de vigilancia epidemiológica en las entidades o zonas libres de enfermedades y plagas en los animales, así como en zonas en erradicación y escasa prevalencia, con el objeto de mantener su reconocimiento o en su caso promover el cambio de estatus zoosanitario.
Reglamento [Reg_LFSA]
Artículo 91 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
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TÍTULO CUARTO - DE LAS CAMPAÑAS, CUARENTENAS Y MOVILIZACIÓN · CAPÍTULO I - DE LAS CAMPAÑAS ZOOSANITARIAS
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