TERCERO. La Secretaría expedirá dentro del plazo de ciento noventa días naturales, a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, los formatos previstos en el mismo y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación. En tanto la Secretaría expide dichos formatos, seguirán usándose los formatos existentes.
Reglamento [Reg_LFSA]
Artículo Transitorio TERCERO de REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
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