Reglamento [Reg_LFSV]

Artículo Transitorio TERCERO de REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

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Transitorio TERCERO

Transitorios

TERCERO. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente Reglamento deberán cubrirse con cargo al presupuesto aprobado a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente.

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal (Reg_LFSV)

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