Reglamento [Reg_LFSV]

Artículo Transitorio QUINTO de REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

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Transitorio QUINTO

Transitorios

QUINTO. Se otorgará un plazo de un año a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, para que todos los puntos de Inspección y sus actividades relacionadas con la importación, se ubiquen y realicen en territorio nacional.

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal (Reg_LFSV)

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