Reglamento [Reg_LFTAIPG]

Artículo 19 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (Reg_LFTAIPG)

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Artículo 19

Capítulo II - Obligaciones de transparencia

Artículo 19. Las dependencias y entidades deberán publicar en sus sitios de internet a más tardar dentro de los primeros diez días hábiles del mes de julio de cada año, la información relativa a programas de estímulos, apoyos y subsidios. Dicha información deberá actualizarse cada tres meses y contener, por lo menos, los siguientes elementos:

I. El nombre o denominación del programa;

II. La unidad administrativa que lo otorgue o administre;

III. La población objetivo o beneficiaria, así como el padrón respectivo con el nombre de las personas físicas o la razón o denominación social de las personas morales beneficiarias;

IV. Los criterios de la unidad administrativa para otorgarlos;

V. El periodo para el cual se otorgaron;

VI. Los montos, y

VII. Los resultados periódicos o informes sobre el desarrollo de los programas.

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