CAPÍTULO XIII - DE LAS INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Y DEL RECURSO DE REVISIÓN
Artículo 89.- Los interesados afectados por los actos y resoluciones de la Secretaría que pongan fin al procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente, podrán interponer recurso de revisión en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.