Transitorios
PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Reglamento [Reg_LFVV]
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REGLAMENTO de la Ley Federal de Variedades Vegetales (Reg_LFVV)
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PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.