Reglamento [Reg_LGCDC]

Artículo 7 de REGLAMENTO de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales

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REGLAMENTO de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales (Reg_LGCDC)

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Artículo 7

CAPÍTULO SEGUNDO - PROGRAMA DE ASIGNACIÓN DE VALES

Artículo 7.- El Programa de Asignación de Vales comprende:

I. Apoyo a proyectos culturales comunitarios;

II. Realización de actividades culturales y artísticas, y

III. Las demás acciones que planteen los gobiernos de las entidades federativas y los municipios de las entidades federativas o las alcaldías de la Ciudad de México, tendientes a incrementar el acceso a la cultura de los Sectores Vulnerables dentro de su jurisdicción territorial, y que sean aceptadas en los convenios de coordinación correspondientes.

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