Lectura de artículo · Reg_LGCDC

Artículo 5

REGLAMENTO de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales

Artículo 5

CAPÍTULO PRIMERO - DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 5.- La política cultural a que se refiere el artículo 5 de la Ley, deberá preverse en el Plan Nacional de Desarrollo, los programas que del mismo deriven y los instrumentos de planeación procedentes.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 5

Ampliar

  • Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 5 Llegan al 5

1 referencia pendiente de identificar.

Publicidad