TÍTULO SEGUNDO - DEL SISTEMA NACIONAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE · CAPÍTULO I - Disposiciones Generales
Artículo 4. La CONADE promoverá con los Gobiernos de los Estados, del Distrito Federal, de las delegaciones y de los municipios la celebración de los instrumentos jurídicos necesarios para la integración, consolidación y funcionamiento del SINADE.