Artículo 2.- Corresponde al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, la interpretación de este Reglamento para efectos administrativos. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público interpretará las disposiciones que incidan en el ámbito de su competencia.
Reglamento [Reg_LGDS]
Artículo 2 de REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
CAPÍTULO I - Disposiciones Generales
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social (Reg_LGDS)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.