Artículo 40. La información generada por la realización de las Auditorías reguladas en el presente ordenamiento, se regirá por lo dispuesto en el artículo 159 BIS 4 de la Ley, así como por las disposiciones sobre reserva y confidencialidad establecidas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Reglamento [Reg_LGEEPA_MAAA]
Artículo 40 de REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
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CAPÍTULO TERCERO - TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
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