Reglamento [Reg_LGEEPA_MOE]

Artículo 64 de REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico

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Artículo 64

CAPÍTULO OCTAVO - DEL SUBSISTEMA DE INFORMACIÓN SOBRE EL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO

Artículo 64.- La Secretaría emitirá lineamientos y criterios que determinen formatos y los estándares para la presentación de los productos derivados del proceso de ordenamiento ecológico que corresponda, para su inclusión en el Subsistema.

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