TÍTULO SEGUNDO - ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN · Capítulo VII - De la Unidad de Asuntos Internos
Artículo 46. La Dirección General de Vigilancia y Supervisión Interna tiene las atribuciones siguientes:
- Vigilar que los integrantes observen sus deberes y cumplan con las disposiciones establecidas en los ordenamientos jurídicos que rigen su actuación;
- Participar con otras autoridades competentes en el seguimiento y vigilancia de los procedimientos de responsabilidades y, en su caso, en el cumplimiento de las sanciones impuestas;
- Supervisar que el desempeño de los integrantes en las intervenciones de comunicaciones privadas, las operaciones encubiertas y usuarios simulados, se haya ajustado a las disposiciones jurídicas aplicables, una vez concluida la operación, preservando la secrecía de la información;
- Asentar constancia por escrito de todas sus actuaciones;
- Tramitar las peticiones y sugerencias de los particulares sobre el trámite y el mejoramiento de los servicios a cargo de la ;
- Ejecutar procedimientos de inspección para detectar deficiencias, irregularidades o faltas en la aplicación de procesos en las distintas unidades de la , así como en el cumplimiento de las obligaciones de sus integrantes;
- Evaluar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en los manuales de la , así como los de disciplina y ética de los integrantes;
- Programar y ordenar inspecciones o visitas a las unidades de la , a efecto de observar el ejercicio de las atribuciones de los integrantes;
- Verificar el cumplimiento de las medidas de control del personal que emita la , así como elaborar los proyectos de normas complementarias que se requieran en la materia;
- Evaluar la suficiencia y efectividad de la estructura establecida, informando periódicamente al Titular de la Unidad de Asuntos Internos el estado que guarda;
- Efectuar la evaluación de riesgos que puedan obstaculizar el cumplimiento de las metas y objetivos de la , y
- Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas, así como aquellas funciones que le encomiende su superior.