Lectura de artículo · Reg_LGPSACDII

Artículo 7

REGLAMENTO de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil

Artículo 7

Capítulo I - Disposiciones Generales

Artículo 7. Las , en el ámbito de su competencia quedan facultadas para dictar las disposiciones administrativas que sean necesarias para la debida aplicación de este Reglamento, atendiendo siempre a las características de Modalidad, Tipo y de los Centros de Atención.

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