Reglamento [Reg_LGPSACDII]

Artículo Transitorio CUARTO de REGLAMENTO de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil

Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.

Ver reglamento completo

Transitorio CUARTO

Transitorios

CUARTO. Los prestadores de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil que se encuentren operando con anterioridad a la entrada en vigor de este ordenamiento, dispondrán de un plazo de tres años, contados a partir de la entrada en vigor del presente reglamento, para dar cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 37, apartado B, inciso D), fracciones I y IV del mismo.

Ver artículo Markdown

Buscar en este reglamento Por artículo o término

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil (Reg_LGPSACDII)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Formatos y archivos Markdown
Publicidad