Artículo 1

Artículo 1

CAPÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- El presente ordenamiento es de orden público e interés social y tiene por objeto reglamentar las acciones, programas y estrategias para detectar, atender y reducir los factores de riesgo que favorezcan la generación de Violencia y delincuencia, así como establecer las bases de coordinación del Gobierno Federal para facilitar la cooperación en la materia.

Lo dispuesto en el presente Reglamento es aplicable a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal cuyas funciones incidan en la prevención social de la Violencia y la delincuencia, así como a la Procuraduría General de la República, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Los mecanismos de coordinación en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia entre las dependencias y entidades a que se refiere el párrafo anterior con las entidades federativas y municipios, se realizarán de conformidad con sus respectivos ámbitos de atribuciones.

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