CAPITULO III - De la Disposición de Organos, Tejidos y Productos · SECCION SEGUNDA - De la Disposición de Organos y Tejidos Para Fines Terapéuticos
ARTICULO 36.- La Secretaría tendrá a su cargo los Registros Nacionales de Trasplantes y de Transfusiones, cuyas funciones serán:
- Coordinar la distribución de órganos y tejidos en todo el territorio nacional;
- Establecer y aplicar procedimientos para facilitar, en todo el territorio nacional, la obtención de órganos y tejidos de seres humanos;
- Llevar un registro de disponentes originarios de órganos y tejidos y de disponentes de humana;
- Estudiar, conocer y proporcionar información de todos los aspectos relacionados con la y tejidos de seres humanos;
- Enviar a los bancos de , bancos de plasma y servicios de , las muestras de control a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento, y
- Las demás similares a las anteriores que señale la Secretaría.