CAPITULO III - De la Disposición de Organos, Tejidos y Productos · SECCION TERCERA - De la Disposición de Sangre y sus Componentes
ARTICULO 43.- Los bancos de deberán contar con reactivos para la realización de los análisis siguientes:
- Dosificación de hemoglobina o hematocrito, o ambas;
- Identificación de grupos sanguíneos;
- Compatibilidad sanguínea;
- Detección de sífilis;
- Detección de hepatitis transmisible por sanguínea;
- Detección de virus de inmunodeficiencia humana (VIH) o de sus anticuerpos, y
- Otros reactivos que determine la Secretaría en las normas técnicas que expida.
Los servicios de deberán contar con los reactivos a que se refieren las fracciones I, II, III y VII de este artículo.