CAPITULO VI - De las Autorizaciones
ARTICULO 99.- Las licencias podrán ser revisadas por la Secretaría en cualquier momento.
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
CAPITULO VI - De las Autorizaciones
ARTICULO 99.- Las licencias podrán ser revisadas por la Secretaría en cualquier momento.