Reglamento [Reg_LGS_MCSOTCSH]

Artículo 99 de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos (Reg_LGS_MCSOTCSH)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 99

CAPITULO VI - De las Autorizaciones

ARTICULO 99.- Las licencias podrán ser revisadas por la Secretaría en cualquier momento.

Ver artículo Markdown