ARTICULO 115.- Las investigaciones se desarrollarán de conformidad con un protocolo, el cual será elaborado de acuerdo a la norma técnica que para el efecto emita la Secretaría e incluirá los elementos que permitan valorar el estudio que se propone realizar.
Reglamento [Reg_LGS_MIS]
Artículo 115 de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
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TITULO SEXTO - De la Ejecución de la Investigación en las Instituciones de atención a la salud · CAPITULO UNICO
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