Lectura de artículo · Reg_LGS_MIS

Artículo 43

REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Artículo 43

TITULO SEGUNDO - De los Aspectos Eticos de la Investigación en Seres Humanos · CAPITULO IV - De la investigación en Mujeres en Edad Fértil, Embarazadas, durante el Trabajo de Parto, Puerperio, Lactancia y Recién Nacidos; de la utilización de Embriones, Obitos y Fetos y de la Fertilización Asistida

ARTICULO 43.- Para realizar investigaciones en mujeres embarazadas, durante el , y ; en nacimientos vivos o muertos; de la utilización de embriones, óbitos o fetos; y para la , se requiere obtener la carta de consentimiento informado de la mujer y de su cónyuge o concubinario de acuerdo a lo estipulado en los artículos 21 y 22 de este Reglamento, previa información de los riesgos posibles para el , o recién nacido en su caso.

El consentimiento del cónyuge o concubinario sólo podrá dispensarse en caso de incapacidad o imposibilidad fehaciente o manifiesta para proporcionarlo; porque el concubinario no se haga cargo de la mujer o, bien, cuando exista riesgo inminente para la salud o la vida de la mujer, , o recién nacido.

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