ARTICULO 4o.- La aplicación de este Reglamento corresponde a la Secretaría y a los gobiernos de las entidades federativas, incluyendo al Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias y en los términos de los Acuerdos de Coordinación que se suscriban para formalizar las acciones que tengan por objeto promover e impulsar el desarrollo de la investigación.
Reglamento [Reg_LGS_MIS]
Artículo 4o de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
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TITULO PRIMERO - Disposiciones Generales · CAPITULO UNICO
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