Reglamento [Reg_LGS_MIS]

Artículo 77 de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

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REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud (Reg_LGS_MIS)

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Artículo 77

TITULO CUARTO - De la Bioseguridad de las Investigaciones · CAPITULO I - De la Investigación con Microorganismos Patógenos o Material Biológico que pueda Contenerlos

ARTICULO 77.- El Manual de Procedimientos al que se refiere el artículo 75 fracción II, de este Reglamento, describirá los siguientes aspectos:

I. Prácticas de laboratorio;

II. Seguridad personal de los empleados;

III. Manejo y mantenimiento de insolaciones y equipos;

IV. Situaciones de emergencia;

Fracción reformada DOF 02-04-2014

V. Restricciones de entrada y tránsito;

VI. Recepción y transporte de materiales biológicos;

Fracción reformada DOF 02-04-2014

VII. Disposiciones de desechos;

VIII. Descontaminación, y

IX. Los demás que se consideren necesarios para lograr la seguridad microbiológica.

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